2.- Teoria de la norma de derecho internacional privado

 La teoría de la norma de derecho internacional privado, también denominada como norma en conflicto, norma de colisión, norma de conexión, norma indirecta, esta norma especial conserva la misma estructura de la norma material o general pero cambia su funcionamiento, lo particular que distingue esta norma de las reglas generales materiales es que la consecuencia jurídica es señalar a cual ley material se debe acudir para resolver el conflicto, siempre y cuando este se encuentre vinculado a dos o mas ordenamientos jurídicos vigentes.

Estructura

Toda norma jurídica posee dos elementos estructurales, el supuesto de hecho o tipo legal y la consecuencia jurídica o disposición, vinculadas mediante el proceso que hace depender el acontecimiento previsto en el supuesto de hecho. 

Sin embargo, es posible resaltar la particularidad de esta norma;

El Supuesto de hecho se plantea siempre el elemento extranjero siempre y cuando este conectado a varios sistemas legales simultáneamente

La consecuencia jurídica es formal y atributiva de competencia.

Clasificación 

Norma directa o material: Proporciona una respuesta jurídica inmediata y especifica a la situación privada internacional. Funciona considerando al elemento extranjero y  por esa circunstancia, describe una realidad social determinada y ofrece la solución legal.

Normas de importación: Son aquellas normas que mandan a aplicar derecho extranjero; en atención a su independencia del derecho propio, pueden ser llamadas independientes. Las normas de importación traducen la extra territorialidad pasiva. Refieren solo a los casos efectivos de aplicación de derecho extranjero.

 Normas de exportación: Son aquellas de exportación las que ordenan la aplicación del derecho propio, exportandolo al elemento extranjero del caso controvertido. Es posible llamarlas dependientes, en función a su dependencia del derecho material propio. Estas normas encausan la extra territorialidad activa.


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